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Bases para la negociación del 50% de
los 4 predios Cheperos, situados en Cumaral Meta Colombia, entre la
Marginal de los Llanos y la vía a Veracruz y Presentado.
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Se prometen en venta a quien o
quienes compartan el deseo de utilizarlos para el desarrollo de
Proyectos Recreativos o la construcción de
Segundas Viviendas,
continuándose su actual explotación ganadera bovina en asocio con
el o los prometientes compradores u optándose por lo estipulado en
la cláusula 14, hasta cuando se ejecute lo proyectado.
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Se financian, facilitándose su
cancelación mediante amortizaciones mensuales; las cuales se
convierten, anualmente, en Derechos de Copropiedad o Titularización.
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El área aproximada de 750.000
metros cuadrados se determinará exacta con levantamiento
topográfico, costeado por los contratantes.
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La mitad del globo de terreno
se escriturará por sus avalúos catastrales; pero su valor real de
enajenación es ocho veces el valor de estos, al momento de ser
amortizados o cancelados.
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El o los Prometientes
Compradores se comprometerán a cumplir cuanto se estipule en el
Anexo (*)
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Recibirá (n) en garantía, YA,
la transferencia legal del predio Chepero #4 con área aproximada de
180.000 metros cuadrados.
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La mitad del valor agregado a
los semovientes empotrerados, compensará a los propietarios de los
terrenos.
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La otra mitad, deducidos los
demás gastos de la ceba aportados por el o los Prometientes
compradores, se repartirá en partes iguales entre los contratantes.
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Cuando los Prometientes
Compradores terminen de cancelar el valor real del predio
escriturado a la firma de la negociación (Chepero #4), el
Prometiente Vendedor transferirá la propiedad legal del predio
subsiguiente, Chepero #3; en igualdad de condiciones del primero,
aclarada su área exacta que complete los metros faltantes para
escriturarle (s) la mitad del globo de terreno que poseen los
predios Cheperos 4,3,2 y1
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A partir de ese momento, los
ingresos generados por la explotación de los pastos en la ceba de
las vacas y sus crías (Semovientes que serán reemplazados,
inmediatamente sean enajenados parcial o totalmente.),
corresponderán: 25% a los Prometientes Compradores. 75% al
Prometiente Vendedor
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Concluida la cancelación de la
mitad del área ( al terminar de pagarse Chepero #3), los % de la
explotación ganadera por concepto del suministro de las praderas,
corresponderán a los contratantes en partes iguales.
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El (los) Prometiente (s)
Comprador (es), podrán terminar de cancelar el área escriturada
cuando lo deseen.
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Los terrenos serán transferidos
a un Patrimonio Autónomo en el momento que las perspectivas de
Cambio de Uso lo amerite.
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Si al (los) prometiente (s)
compradores no les interesa participar en la ceba de los bovinos,
surtirá (n) los terrenos con el ganado descrito cuyo precio de
adquisición se aplica como amortización, incrementado en un 20%
por cada año que el Prometiente Vendedor los explote.
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Anexo (*)
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Amortiza (n) mínimo,
al Prometiente vendedor, la quinta parte del precio real de
enajenación en el momento de recibir las escrituras.
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Surte (n) los cuatro predios, cancelando 150 vacas para ceba en las
Subastas regionales,
preferiblemente en estado avanzado de preñez,
compradas con o por el Prometiente Vendedor.
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Trasportándolas a los predios cheperos y suministrando los complementos
alimenticios apropiados que optimicen su productividad: Detállese
Ceba de Terneros en Cumaral Meta, Colombia
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Cancela (n)
la instalación de cerca eléctrica perimetral e internas,
reforzándose las deterioradas que poseen.
· Cumple
(n) los pagos oportunos de las amortizaciones mensuales
preestablecidas al momento de efectuarse la negociación.
Mayores explicaciones en:
colombiayelmundohoy@gmail.com Tel 57 1 4732070 57 312
3781400 y 57 3153466725
SE ESCUCHAN CONTRAPROPUESTAS
Prenegociación
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